Big Game Rules
Learn more about New Mexico Big Game Rules as referenced by the 2022-23 NM Hunting Rules & Info or see also General Hunting Rules.
Reference (2022-23 NM Hunting Rules & Info pg. 28-32)
Reglas de caza mayor y pavo (2022-23 NM Cacería Reglas e Información)
Understanding Hunt Codes
The hunt code printed on your license indicates the species, legal sporting arms, dates, area, fee type and bag limit for the license issued.
For example: DER-1-100
• “DER” indicates a deer hunt.|
• “1” indicates any big-game sporting arm (2 = bow only; 3 = muzzleloader, crossbow or bow only).
• “100” indicates an individual hunt for specific dates, area and bag limit.
This example (DER-1-100) found on page 49 is a deer hunt for any big-game sporting arm, standard fee, valid in GMU 2A from October 30–November 3 with a bag limit of one fork antlered deer (FAD).
Legal Sporting Arms
Legal sporting arms for deer, elk, pronghorn, bighorn sheep, ibex, oryx, Barbary sheep and bear (big-game sporting arms): Any centerfire firearm at least
.22 caliber or larger, any muzzle-loading firearm at least .45 caliber or larger, any shotgun .410 caliber or larger firing a single slug (including muzzle-loading shotguns), any bow or any crossbow. All firearms, except handguns, must be designed to be fired from the shoulder. Hunters must use only bullets designed to expand or fragment upon impact. Full metal jacket (FMJ) and tracer bullets are illegal. No fully automatic firearms may be used. Arrows and bolts must have broadheads (fixed or mechanical) with cutting edges. Sights on bows and crossbows may not project light (lighted pins are acceptable). No drugs may be used on arrows or bolts, and they cannot be driven by explosives, gunpowder or compressed air.
Legal sporting arms for cougar, javelina and furbearers: Any firearm, muzzle-loader, compressed air gun, shotgun, bow or crossbow. All firearms, except handguns, must be designed to be fired from the shoulder. For cougar and javelina, compressed air guns must be .22 caliber or larger and shotguns must fire a single slug or #4 buckshot or larger. Arrows and bolts must have broadheads (fixed or mechanical) with cutting edges. Sights on bows and crossbows may not project light. No drugs may be used on arrows or bolts, and they cannot be driven by explosives, gunpowder or compressed air.
Bow only: Any compound, long or recurve bow. Draw locks are illegal. Arrows must have broadheads (fixed or mechanical) with cutting edges. Sights on bows may not project light (lighted pins are acceptable). No drugs may be used on an arrow, and arrows cannot be driven by explosives, gunpowder or compressed air.
Muzzleloader, bow or crossbow only: Any sporting arm in which the charge and projectile(s) are loaded through the muzzle. Only blackpowder, Pyrodex or equivalent blackpowder substitute may be used. Use of smokeless powder is prohibited. Scopes, sabots and in-line ignition may be used with muzzleloaders except during restricted muzzleloader deer hunts. Hunters may also use any bow or crossbow. Arrows and bolts must have broadheads (fixed or mechanical) with cutting edges. Sights on bows and crossbows may not project light. No drugs may be used on arrows or bolts, and they cannot be driven by explosives, gunpowder or compressed air.
Restricted Muzzleloader deer: Only a muzzle-loading rifle using open sights, black powder or equivalent propellant and firing a full bore diameter bullet or patched round ball is legal. The use of in-line ignition, scopes, and smokeless powder are prohibited. Bows and crossbows are legal during restricted muzzleloader deer hunts.
Legal sporting arms for turkey: Any shotgun firing shot, bow and crossbow. Arrows and bolts must have broadheads (fixed or mechanical) with cutting edges. Sights on bows and crossbows may not project light. No drugs may be used on arrows or bolts, and they cannot be driven by explosives, gunpowder or compressed air.
All Big-game and Turkey Harvests Must Be Tagged
(E-Tag instructions, page 30)
- Immediately after harvesting any big game or turkey, the carcass tag must be notched. The carcass tag must be attached to the kill before leaving the kill site. Instructions for notching and attaching are listed below and are provided on the reverse side of the tag.
- Antlered or horned big game require an antler/horn tag be attached in addition to a carcass tag. Instructions for attaching are listed below and provided on the reverse side of the tag.
- Any big game or turkey kill left unattended in the field, in a vehicle or in camp must have
a properly notched carcass tag and antler/horn tag (if applicable) attached. It is unlawful to possess any big-game species or turkey in the field without a properly notched carcass tag or handwritten E-Tag.- Bear and cougar must be both carcass tagged and pelt tagged. Bear or cougar must be presented for pelt tagging within five (5) days after harvest (pages 108–109, 114).
Tagging Instructions
The carcass tag or handwritten E-Tag authorizes possession of the big-game animal or turkey for one (1) year from date of kill. Bear and cougar carcass tags authorize possession of the animal for five days or until pelt tagged, whichever occurs first. Keep your tags!
- Do not remove backing on the carcass tag until you are ready to tag.
- Upon killing your big-game animal or turkey, immediately and completely notch the month and day of kill on the carcass tag and then attach to the hock tendon of the animal or above the leg spur of the turkey (see illustrations above) prior to moving the big-game animal or turkey from the kill site. For bear and cougar the carcass tag may be wrapped around a hind leg above the foot if skinned.
- Do not leave any backing material on the tag. Wrap the tag on carcass as shown, matching the ends together and pressing adhesive sides together evenly and tightly. Leave entire face of tag visible and readable. Do not overlap tag ends or cover any of the print.
- Tags must remain attached until the big-game animal or turkey arrives at a taxidermist, meat processing facility or place of final storage (e.g. your home), or if required, until it is inspected, documented or pelt tagged by a NMDGF official. If multiple trips are required to transport the animal from the field, NMDGF recommends the tagged portion be transported first.
- If a big-game animal is boned out or when a javelina is killed and nothing is removed or only the skull is taken, fold and adhere the carcass tag to itself leaving the entire face of the carcass tag visible. The adhered carcass tag must physically remain with parts of the animal that are removed and possessed.
(Left to right: Carcass tag, turkey tag and antler tag).
Antlered and Horned Game Tag Instructions
When ready to tag, detach antler tag from backing. Attach the antler/horn tag to the main beam of the antler or horn, as close to the base as possible, where it will not slide off. Leave entire face of tag visible and readable.
E-Tag Instructions (Big Game and Turkey)
If the E-Tag option is chosen, hunters will be required to obtain their E-Tag number through the NM E-Tag app upon harvesting a big-game animal or turkey. Hunters will receive an E-Tag number with their CIN and the date of kill which must be hand written on a durable material (e.g. duct tape or flagging ribbon) in permanent ink and attach it to the animal (see Tagging Instructions, pages 29–30). This procedure must be repeated for antlered/horned game as described above.
NM E-Tag allows hunters to tag an animal in the field using their smartphone. Upon submitting the date and time of kill for their license, the hunter will receive a tag number to hand-write on durable material to be attached to the animal.
Installation: Search for “NM E-tag” in the App Store or click the icon below:
Mandatory Harvest Reporting
Deadlines see page 6.
Harvest reporting is mandatory for all Barbary sheep, deer, elk, ibex, javelina, oryx, pronghorn, turkey and trapper license holders, whether or not a hunt or harvest occurred. Big-game, turkey and trapper license holders who do not report will be ineligible the following year for all draw hunts, population management hunts, private-land licenses and trapper licenses. Harvest reports can be submitted online or by telephone. Remember to keep your confirmation number!
One License per Species
It is illegal to apply for, buy or use more than one license for any big-game species during any license year—except when permitted by rule.
Proof of Sex
Hunters must keep proof of sex with all game species (except javelina) until the game has been transported where it will be consumed or stored. The antlers or horns must remain attached to the skull or skull plate of all male Barbary sheep, bighorn sheep, deer, elk, ibex, oryx or pronghorn. Immature males must be accompanied by the scalp and both ears. Female must be accompanied by either the scalp and both ears or the external genitalia naturally attached to one quarter. The external genitalia of any bear or cougar must remain naturally attached to the hide and be readily visible until the hide has been inspected and pelt tagged by a NMDGF representative. The beard must remain with the carcass when the bag limit is a bearded turkey.
Possession, Donation or Sale of Game
It is unlawful to possess any protected species or parts thereof without a properly notched carcass tag, handwritten e-tag, or other evidence the game has been taken legally. Carcasses, meat and internal organs of game mammals and game birds may not be sold or bartered, but can be donated. Only the skins, heads, antlers, horns, rendered fat, teeth or claws of legally taken or possessed protected species, any parts of furbearers and the feathers of non-migratory game birds may be bartered or sold.
Any person giving items to another person must supply the recipient with a written description which states: the parts (skin, head, antlers, horns, claws, feathers, etc.) and/or the kind and number of game; the date when and county where game was taken; the conveyor’s name, address and hunting license number used to take the game; and the date and place of the transaction or donation. A sample certificate is provided on page 119 and downloadable at www.wildlife.state.nm.us.
It is unlawful to possess the head, horns or antlers of any big-game species found in the field without a receipt from NMDGF (except for shed antlers).
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A properly notched carcass tag or handwritten E-Tag must remain with the meat, and authorizes possession and storage for one (1) year from the date of kill. To store or possess meat after this date, individuals must have a storage permit from NMDGF. Bear and cougar carcass tags authorize possession of the animal for five days or until pelt tagged, whichever occurs first.
Trophies taken to a taxidermist or carcasses taken to a meat processor must be accompanied by a properly notched carcass tag and antler/horn tag (if applicable), a handwritten E-Tag, or a possession (donation) certificate. Keep your tags!
Use of Dogs
Dogs may not be used to hunt big game, except bear and cougar. Certain exceptions apply (see specific species sections). When dogs are used to hunt bear or cougar, the licensed hunter must be present continuously once any dog is released. Leashed dogs may be used to locate wounded or dead big game. If dogs are used to locate wounded or dead big game, hunters must keep the dog(s) on a leash, and no more than two dogs may be used at a time.
Blaze Orange
Hunters on military properties must wear a minimum of 244 square inches of blaze orange. Hunters participating in any firearm elk hunt on Valles Caldera National Preserve must wear a minimum of 244 square inches of blaze orange. Though not required elsewhere by law, NMDGF strongly encourages hunters to wear blaze orange. (Ft. Bliss requires a blaze orange vest.)
Transportation of Horses
All horses being transported must be inspected by a local livestock inspector. Nonresidents with horses must have proof of ownership and health papers. For further information contact the New Mexico Livestock Board: (505) 841-6161.
Nongame Hunting License
Residents do not need a license to take nongame species. Nonresidents must purchase a nonresident nongame license or any New Mexico nonresident hunting license. Nongame species include prairie dogs, ground squirrels, Himalayan tahr, porcupine, rabbits, coyotes and skunks. Nongame hunting is not permitted on wildlife management areas (WMAs) unless otherwise posted, except Water Canyon WMA, where hunting nongame species is permitted January 1–March 31, 2023.
Feral Hogs Are an Unprotected Species
Feral hogs are an unprotected species that can damage habitat, contaminate water and compete with native wildlife. Because of the negative impact this non-native intruder causes, anyone may hunt feral hogs year-round without a license. Basic hunting rules apply—such as obtaining permission if hunting on private land. Hunting with the aid of an artificial light and discharging of firearms within 150 yards of an occupied dwelling is illegal. Feral hogs should not be confused with javelina, which look similar but are a protected game species. Javelina are smaller than feral hogs and do not have a tail. Javelina also have a white stripe of hair near the shoulders and neck, giving them the common name ‘collared peccary’. For information about where to hunt feral hogs contact the USDA: (505) 346-2640.
Interpretación de los códigos de caza
El código de caza impreso en su licencia indica la especie, las armas deportivas legales, las fechas, el área, el tipo de tarifa y el límite de piezas cazadas para la licencia emitida.
Por ejemplo: DER-1-100
• “DER” indica una cacería de venado.
• “1” indica cualquier arma deportiva legal de caza mayor (2 = solo con arco; 3 = solo con arma de fuego de avancarga, ballesta o arco).
• “100” indica una caza individual de fechas específicas, área y límite de piezas cazadas.
Este ejemplo (DER-1-100) que se encuentra en la página 49 es caza de venado para cualquier arma deportiva de caza mayor, tarifa estándar, válida en la GMU 2A desde el 30 de octubre hasta el 3 de noviembre con un límite de piezas cazadas de un venado con astas con bifurcaciones (FAD).
Armas deportivas legales
Armas deportivas legales para venado, uapití, berrendo, borrego cimarrón, cabra montesa, órix, arruí y oso (armas deportivas de caza mayor): Cualquier arma de fuego de percusión central al menos de calibre .22 o mayor, cualquier arma de fuego de avancarga al menos de calibre .45 o mayor, cualquier escopeta de calibre .410 o mayor que dispare una sola posta (incluidas las escopetas de avancarga), cualquier arco o cualquier ballesta. Todas las armas de fuego, excepto las pistolas, deben estar diseñadas para dispararse desde el hombro. Los cazadores deben usar solo balas diseñadas para expandirse o fragmentarse al momento del impacto. Las balas con camisa totalmente metálica (FMJ) y trazadoras son ilegales. No se permite usar armas de fuego totalmente automáticas. Las flechas para arco y las flechas para ballesta deben tener puntas anchas (fijas o mecánicas) con bordes cortantes. Las miras en los arcos y las ballestas no deben proyectar luz (se aceptan agujas iluminadas). No se permite usar fármacos en las flechas para arco o flechas para ballesta, y estas no pueden impulsarse mediante explosivos, pólvora ni aire comprimido.
Armas deportivas legales para pumas, pecaríes y animales con pelaje: Cualquier arma de fuego, arma de avancarga, pistola de aire comprimido, escopeta, arco o ballesta. Todas las armas de fuego, excepto las pistolas, deben estar diseñadas para dispararse desde el hombro. Para pumas y pecaríes, las pistolas de aire comprimido deben ser de calibre .22 o mayor y las escopetas deben disparar una sola posta o cartucho de perdigones n.º 4 o mayor. Las flechas para arco y las flechas para ballesta deben tener puntas anchas (fijas o mecánicas) con bordes cortantes. Las miras en los arcos y las ballestas no deben proyectar luz. No se permite usar fármacos en las flechas para arco o flechas para ballesta, y estas no pueden impulsarse mediante explosivos, pólvora ni aire comprimido.
Solo con arco: Cualquier arco compuesto, largo o recurvo. El uso de dispositivos para bloquear tensión del arco es ilegal. Las flechas deben tener puntas anchas (fijas o mecánicas) con bordes cortantes. Las miras en los arcos no deben proyectar luz (se aceptan agujas iluminadas). No se permite usar fármacos en las flechas, y no se puede usar explosivos, pólvora ni aire comprimido para impulsar las flechas.
Solo con arma de fuego de avancarga, arco o ballesta: Cualquier arma deportiva en la que la carga y los proyectiles se cargan a través de la punta del cañón. Solo se permite usar pólvora negra, Pyrodex o un sustituto equivalente de pólvora negra. Está prohibido el uso de pólvora que no produce humo. Se permite el uso de miras telescópicas, cargas con proyectiles subcalibrados y encendido en línea con las armas de fuego de avancarga, excepto durante la caza de venados con arma de fuego de avancarga. Se permite que los cazadores también usen cualquier arco o ballesta. Las flechas para arco y las flechas para ballesta deben tener puntas anchas (fijas o mecánicas) con bordes cortantes. Las miras en los arcos y las ballestas no deben proyectar luz. No se permite usar fármacos en las flechas para arco o flechas para ballesta, y estas no pueden impulsarse mediante explosivos, pólvora ni aire comprimido.
El uso de arma de fuego de avancarga para venados está restringido: Solo es legal un rifle de avancarga que utilice miras abiertas, pólvora negra o algún propelente equivalente, y que dispare una bala de diámetro completo del ánima o un proyectil redondo envuelto. Está prohibido el uso de ignición en línea, miras y pólvora que no produce humo. Los arcos y las ballestas son legales durante las cazas de venados con arma de fuego de avancarga restringidas.
Armas deportivas legales para pavo: Cualquier disparo de escopeta, arco y ballesta. Las flechas para arco y las flechas para ballesta deben tener puntas anchas (fijas o mecánicas) con bordes cortantes. Las miras en los arcos y las ballestas no deben proyectar luz. No se permite usar fármacos en las flechas para arco o flechas para ballesta, y estas no pueden impulsarse mediante explosivos, pólvora ni aire comprimido.
Todos los ejemplares cazados de pavo y caza mayor deben etiquetarse
(instrucciones de etiqueta electrónica, página 30)
- Inmediatamente después de cazar cualquier ejemplar de caza mayor o pavo, la etiqueta de cuerpo debe estar marcada correctamente. La etiqueta de cuerpo debe estar adherida a la presa antes de abandonar el sitio en que esta última fue abatida. Las instrucciones para marcar y colocar la etiqueta se muestran a continuación y se proporcionan en el reverso de la etiqueta.
- Es necesario colocar una etiqueta de astas/cuernos, además de una etiqueta de cuerpo, en los ejemplares de caza mayor con astas o cuernos. Las instrucciones para colocarlas se muestran a continuación y se proporcionan en el reverso de la etiqueta.
- Cualquier presa de caza mayor o pavo que se deje sin supervisión en el campo, en un vehículo o en el campamento debe tener colocada una etiqueta de cuerpo marcada correctamente con muescas y una etiqueta de astas/cuernos (si así corresponde). Es ilegal poseer cualquier especie de caza mayor o pavo en el campo sin una etiqueta de cuerpo marcada correctamente con muescas o una etiqueta electrónica escrita a mano.
- Los cadáveres de oso y puma deben tener una etiqueta de cuerpo y una etiqueta de cuero en verde. Se debe presentar el oso o el puma para el etiquetado de cuero en verde dentro de los cinco (5) días posteriores al sacrificio (páginas 108 y 109, 114).
Instrucciones de etiquetado
La etiqueta de cuerpo o etiqueta electrónica escrita a mano autoriza la posesión del animal de caza mayor o pavo durante un (1) año a partir de la fecha de sacrificio. Las etiquetas de cuerpos de osos
y pumas autorizan la posesión del animal durante cinco días o hasta que se etiquete el cuero en verde, lo que ocurra primero. Guarde las etiquetas.
- No quite el papel protector del reverso de la etiqueta de cuerpo hasta que esté listo para etiquetar.
- Al abatir a un animal de caza mayor o pavo, marque la etiqueta de cuerpo completamente y de inmediato con una muesca en el mes y el día en que lo mató y luego colóquela en el tendón de
Aquiles del animal o por encima del espolón de la pata del pavo (consulte las ilustraciones anteriores) antes de mover el animal de caza mayor o pavo del lugar donde fue abatido. En el caso de osos y pumas, la etiqueta de cuerpo puede envolverse alrededor de una pierna trasera
por encima de la pata, si se retiró la piel. - No deje material protector en el reverso de la etiqueta. Envuelva con la etiqueta el cuerpo como se muestra, haciendo coincidir los extremos y presionando los lados adhesivos para unirlos de
manera uniforme y ajustada. Deje visible y legible todo el anverso de la etiqueta. No superponga los extremos de la etiqueta ni cubra ninguna parte del lado impreso. - Las etiquetas deben permanecer adheridas hasta que el pavo o animal de caza mayor se lleve a un taxidermista, a una instalación de procesamiento de carne o a un lugar de almacenamiento final (p ej., su casa), o si es necesario, hasta que sea inspeccionado, documentado o su cuero en verde sea etiquetado por un oficial del NMDGF. Si se requieren varios viajes para transportar al animal desde el campo, el NMDGF recomienda que se transporte primero la parte etiquetada.
- Si un animal de caza mayor se deshuesa o cuando se mata un pecarí no se le quita nada o solo
se toma el cráneo, doble y adhiera la etiqueta de cuerpo a sí misma de modo que todo el anverso de la etiqueta de cuerpo quede visible. La etiqueta de cuerpo adherida debe permanecer físicamente con las partes del animal que se retiran y se conservan.
De izquierda a derecha: Etiqueta de cuerpo, etiqueta de pavo y etiqueta de asta.
Instrucciones de la etiqueta de ejemplares de caza con astas y cuernos
Cuando esté listo para etiquetar, desprenda el papel protector al reverso de la etiqueta de astas. Pegue la etiqueta de astas/cuernos al tallo principal del asta o el cuerno, lo más cerca posible de la base, donde no se deslice y se salga. Deje visible y legible todo el anverso de la etiqueta.
Instrucciones para la etiqueta electrónica (caza mayor y pavo)
Si se eligió la opción de etiqueta electrónica, los cazadores deberán obtener su número de etiqueta electrónica a través de la aplicación NM E-Tag al momento de cazar un animal de caza mayor o pavo. Los cazadores recibirán un número de etiqueta electrónica con el CIN y la fecha de sacrificio que deben escribirse a mano en un material duradero (p. ej., cinta adhesiva para ductos o cinta de señalización, página 61) con tinta permanente y adherirse al animal (consulte las Instrucciones de etiquetado, páginas 29 y 30). Este procedimiento se debe repetir para los animales de caza deportiva con cuernos/astas como se describió anteriormente.
Informes de cosecha obligatorios
Fechas límite, consulte la página 6.
Todos los titulares de licencia para caza de arruí, venado, uapití, cabra montesa, pecarí, órix, berrendo,
pavo y tramperos tienen la obligación de presentar un informe de cosecha, independientemente de si se realizó la caza o la recolección. Los titulares de licencia para caza mayor, pavo y tramperos que no presenten el informe no serán elegibles el año siguiente para ninguna de las cazas por sorteo, cazas de control de población, licencias de tierras privadas y licencias de trampero. Los informes de cosecha se pueden enviar en línea o por teléfono. Recuerde conservar su número de confirmación.
Una licencia por especie
Es ilegal solicitar, comprar o usar más de una licencia para cualquier especie de caza mayor durante cualquier año de licencia, excepto cuando lo permita la regla.
Prueba del sexo
Los cazadores deben conservar la prueba del sexo con todas las especies de caza deportiva (excepto el pecarí) hasta que la presa haya sido transportada a donde se consumirá o almacenará. Las astas o cuernos deben permanecer unidos al cráneo o a la placa del cráneo de todos los ejemplares de arruí macho, borrego cimarrón, venado, uapití, cabra montesa, órix o berrendo. Los machos inmaduros deben acompañarse del cuero de la cabeza y ambas orejas.
Las hembras deben acompañarse del cuero de la cabeza y ambas orejas o de los genitales externos unidos naturalmente a uno de los cuartos. Los genitales externos de los osos o pumas deben permanecer unidos naturalmente al cuero y ser fácilmente visibles hasta que un representante del NMDGF haya sido inspeccionado el cuero y haya realizado el etiquetado de cuero en verde. La “barba” debe permanecer con el cuerpo cuando el límite de piezas cazadas sea un pavo salvaje.
Posesión, donación o venta del animal de caza deportiva
Es ilegal poseer cualquier especie protegida o partes de esta sin una etiqueta de cuerpo marcada correctamente con muescas, una etiqueta electrónica escrita a mano u otra evidencia de que animal de caza deportiva ha sido cazado legalmente. No se permite vender ni hacer trueque con los cuerpos, la carne y los órganos internos de los mamíferos de caza deportiva y las aves de caza deportiva, pero estos se pueden donar. Solo se permite hacer trueque o vender las pieles, cabezas, astas, cuernos, grasa producida, dientes o garras de especies protegidas que se cacen o posean de manera legal, cualquier parte de los animales con pelaje y las plumas de las aves no migratorias de caza deportiva.
Toda persona que entregue artículos a otra persona debe proporcionar quien los recibe una descripción escrita que indique: las partes (piel, cabeza, astas, cuernos, garras, plumas, etc.) o el tipo y cantidad de presas; la fecha y el condado en que fue cazado el animal de caza deportiva; el nombre, la dirección y el número de licencia de caza de la persona que hace la entrega; así como la fecha y el lugar de la transacción o donación. En la página 119 se proporciona un certificado de muestra que se puede descargar en www.wildlife.state.nm.us.
Es ilegal poseer la cabeza, los cuernos o las astas de cualquier especie de caza mayor que se encuentre en el campo sin un recibo del NMDGF (excepto las astas desprendidas).
[wpfilebase tag=file id=1156 tpl=filebrowser /]Almacenamiento
Una etiqueta de cuerpo marcada correctamente con muescas o una etiqueta electrónica escrita a mano debe permanecer con la carne, y autoriza la posesión y el almacenamiento durante un (1) año a partir de la fecha de sacrificio. Para almacenar o poseer carne después de esta fecha, las personas deben tener un permiso de almacenamiento del NMDGF. Las etiquetas de cuerpos de osos y pumas autorizan la posesión del animal durante cinco días o hasta que se etiquete el cuero en verde, lo que ocurra primero.
Los trofeos que se lleven a un taxidermista o los cuerpos que se lleven a un procesador de carne deben estar acompañados por una etiqueta de cuerpo marcada correctamente con muescas y una etiqueta de astas/cuernos (si corresponde), una etiqueta electrónica escrita a mano o un certificado de posesión (donación). Guarde las etiquetas.
Uso de perros
No se permite usar perros en las cacerías de caza mayor, excepto en el caso de osos y pumas. Se aplican ciertas excepciones (consulte las secciones de las especies específicas). Cuando se usan perros para cazar osos o pumas, el cazador con licencia debe estar presente continuamente desde el momento en que se libera al perro. Se permite el uso de perros con correa para localizar animales de caza mayor heridos o muertos. Si se usan perros para localizar un animal de caza mayor herido o muerto, los cazadores deben mantener a los perros con correa y no se permite usar más de dos perros a la vez.
Color naranja de seguridad
Los cazadores que se encuentren en propiedades militares deben usar como mínimo de 244 pulgadas cuadradas de color naranja de seguridad. Todos los cazadores que participen en cualquier cacería de uapití con arma de fuego en la Reserva Nacional Valles Caldera deben usar como mínimo 244 pulgadas cuadradas de color naranja de seguridad. Aunque la ley no lo exige en ningún otro lugar, el NMDGF alienta enfáticamente a los cazadores a usar el color naranja de seguridad. (Ft. Bliss aplica el requisito de usar un chaleco color naranja de seguridad).
Transporte de caballos
Todos los caballos que se transporten deben ser inspeccionados por un inspector de ganado local. Los no residentes con caballos deben tener un comprobante de propiedad y los documentos sanitarios. Para obtener más información, comuníquese con la Junta de Ganado de Nuevo México: (505) 841-6161.
Licencia para especies no deportivas
Los residentes no necesitan una licencia para cazar especies no deportivas. Los no residentes deben adquirir una licencia de no residente para especies no deportivas o cualquier licencia de caza de no residente de Nuevo México. Las especies no deportivas incluyen perros de la pradera, ardillas terrestres, tar del Himalaya, puercoespín, conejos, coyotes y zorrillos. No se permite la caza de especies no deportivas en las áreas de control de la vida silvestre (WMA), a menos que se publique lo contrario, excepto en el WMA Water Canyon, donde se permite la caza de especies no deportivas del 1 de enero al 31 de marzo de 2023.
Cerdos cimarrones
Los cerdos cimarrones son especies no protegidas que pueden dañar el hábitat, contaminar el agua y competir con la vida silvestre nativa. Debido al impacto negativo que causa este intruso no nativo, cualquiera puede cazar cerdos cimarrones todo el año sin una licencia. Se aplican reglas básicas de caza, como obtener permiso si se va a cazar en tierras privadas. Es ilegal cazar con la ayuda de una luz artificial y descargar armas de fuego a menos de 150 yardas de una vivienda ocupada. Los cerdos cimarrones no deben confundirse con el pecarí, que tiene un aspecto similar pero es una especie protegida de animales de caza deportiva. El pecarí es más pequeño que el cerdo cimarrón y no tiene cola. El pecarí también tiene una raya de pelo blanco cerca de los hombros y el cuello, lo que les da el nombre común de “pecarí de collar”. Para obtener información sobre dónde cazar cerdos cimarrones, comuníquese con el USDA: (505) 346-2640.